Vacunas privadas contra un virus público: la privatización de un bien común

Vacunas privadas contra un virus público: la privatización de un bien común

Escrito por Boris Julián Pinto Bustamante - María Alejandra Cárdenas Galindo - Wilson David Campos Figueredo 

El anuncio

Este 5 de mayo Katherine Tai, representante de Estados Unidos ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), anunció el apoyo de su gobierno a la exención temporal de las protecciones de propiedad intelectual de las vacunas contra la COVID-19.

El anuncio del gobierno norteamericano, que tradicionalmente ha protegido los intereses de las grandes corporaciones farmacéuticas (“Big Pharma”), suscitó debates importantes sobre los incentivos para la investigación, las reglas del comercio global y el curso de la pandemia.

¿Qué significa esta decisión de la administración Biden y cuál es su relevancia para la salud pública global?

El “Apartheid de las vacunas”

La pandemia expuso las enormes fallas en los sistemas de salud. Gracias a los datos actuales —provenientes de los países que más han avanzado en sus programas de inmunización, como Israel, Estados Unidos y Reino Unido— parece evidente que la principal alternativa para enfrentar el progreso de esta emergencia global es la vacunación masiva.

No obstante, desde el 2020 se denunció el denominado “nacionalismo de las vacunas”: mientras países de altos ingresos aseguraron las dosis suficientes, cuando no excesivas, para vacunar a su población, en el resto de países hubo una menor distribución a través de opacos contratos bilaterales y los limitados recursos del mecanismo COVAX. Este nacionalismo degeneró en un “apartheid de las vacunas”.

Mientras algunos países recobran la “normalidad” económica y social —e incluso ofrecen planes turísticos de vacunación—, otros países han aplicado menos de 0,1 dosis por cada 100 habitantes. Muchos países ricos completarán sus metas de inmunización este año, mientras los países de menores ingresos lo harán, quizás, en el año 2023.

En este escenario, el programa de inmunización en Colombia avanza a un ritmo muy lento. Durante las últimas semanas, por ejemplo, fallecieron profesionales de la salud que a estas alturas ya deberían estar inmunizados.

Una de las razones que explican esta inequidad es la reducida capacidad global para producir vacunas. Si bien se han suscrito licencias voluntarias con laboratorios de países de ingresos medios (como Argentina e India) es posible que estos impulsos no sean suficientes para acelerar el ritmo global de vacunación. Menos aún tras la emergencia sanitaria en India, que obligó a la industria local de medicamentos genéricos a dar prioridad la vacunación de su propia población.

El problema de las patentes

Algunos consideran que las patentes de las vacunas contra la COVID-19 son un obstáculo para acelerar el ritmo global de producción y la meta de la inmunización general.

En 1994, la OMC estableció el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC), donde se define un conjunto de principios sobre la protección de la propiedad intelectual. La adopción de estos acuerdos fue impulsada principalmente por países industrializados. Aunque los países en vía de desarrollo no estuvieron totalmente de acuerdo, finalmente los aceptaron.

La protección de la propiedad intelectual mediante los ADPIC confiere a los dueños de patentes sobre productos de invención (como medicamentos y otras tecnologías) el monopolio sobre los derechos de uso y explotación por 20 años. Durante este tiempo se les concede la facultad de controlar la distribución y establecer de forma unilateral el precio de venta.

 

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